Ante Fase 3 de COVID-19 se extiende el plazo para la suspensión de actividades no esenciales
Por Marcela Aglais Medina
Con la intención de brindarle la información actualizada respecto a las medidas que se encuentra implementando nuestro país en relación a la pandemia por la enfermedad COVID-19, hacemos de su conocimiento que el día 21 de abril de 2020, se publicó en la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020.
Mediante el acuerdo anterior, la Secretaría de Salud extiende el plazo para la suspensión de actividades no esenciales, pasando a ser suspendidas hasta el 30 de mayo de 2020, cuando en un inicio el plazo de suspensión concluía el 30 de abril de 2020, de igual manera se incluye la posibilidad para que ciertos municipios puedan reactivar actividades no esenciales a partir del 18 de mayo de 2020, siempre y cuando para dicha fecha presenten baja o nula transmisión del virus SARS-CoV2.
Finalmente se adicionan las siguientes obligaciones para las Entidades Federativas:
- Mantener actualizado el Reporte diario de ocupación, disponibilidad y atención por Infección Respiratoria Aguda Grave (IRAG) y cualquier otro que la Secretaría de Salud Federal considere necesario.
- Instrumentar las medidas de prevención y control pertinentes atendiendo a los criterios generales emitidos por la Secretaría y de acuerdo con la magnitud de la epidemia por COVID-19.
- Establecer y ejecutar los mecanismos conducentes a la reducción de la movilidad de los habitantes entre municipios con distinto grado de propagación.
- Garantizar, en el ámbito de su competencia, la implementación adecuada y oportuna de estas medidas, e informar a la Secretaría de Salud Federal sobre su seguimiento, con la periodicidad que la propia Secretaría establezca.
- Ejecutar y supervisar los planes de reconversión y expansión hospitalaria para garantizar la atención adecuada y oportuna de la salud de la población, tanto para la enfermedad COVID-19, como para cualquier otra necesidad de atención.
GPF Asesoría de Negocios permanece a sus órdenes para asesorarlo ante esta cualquier duda que pudiera surgirle en relación a este comunicado y cualquier otra medida que nuestro gobierno implemente para hacer frente a la situación actual del País.